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viernes , 26 abril , 2024

PRM rechaza la resolución de la JCE que permite a funcionarios hacer campaña

Santo Domingo.- El Partido Revolucionario Moderno (PRM) rechazó este domingo la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que permite la participación de funcionarios en campañas políticas luego de su horario laboral.

En un comunicado, el PRM afirmó que esta resolución no es equitativa y responde a una incompleta interpretación al artículo 196 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral.

«La Junta Central Electoral hace interpretación incompleta al artículo 196 de la ley 15-19 pues no cita lo que dispone el artículo 284 sobre Delitos Electorales que sanciona a los funcionarios administrativos o judiciales que se mezclaron en los actos electorales usando su influencia oficial para las elecciones», afirmó el delegado del PRM ante la Junta, Orlando Jorge Mera.

La formación opositora recordó que había denunciado esta práctica anteriormente y había exigido al presidente, Danilo Medina, y sus funcionarios abstenerse de participar en proselitismo político.

La resolución de la JCE, adoptada el pasado jueves y divulgada este fin de semana, permite a los funcionarios participar en la campaña electoral de 2020 fuera de su horario laboral.

Sin embargo, excluye de esta norma a los funcionarios que por su posición requieran aparatos de seguridad especiales, con la salvedad de que estas medidas de seguridad no afecten al normal desarrollo de las actividades organizadas por organizaciones políticas, religiosas o sociales.

Asimismo, la JCE prohíbe a los funcionarios el uso de recursos públicos en provecho de los candidatos o para realizar actos proselitistas.

La resolución de la JCE regula, de este modo, el artículo 196 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, que prohíbe a los funcionarios participar en la campaña.

El párrafo III de ese artículo afirma: «Los funcionarios públicos que administran recursos del Estado no podrán prevalerse de su cargo, para desde el realizar campaña ni proselitismo a favor de un partido o candidato. Tampoco podrán hacer uso de las áreas físicas y espacios, así como de los instrumentos, equipos, materiales y personal que pertenecen a la institución u órgano del Estado a la cual prestan su servicio».

El artículo 284, al que alude el PRM, sanciona con penas de cárcel de seis meses a dos años a «los funcionarios administrativos o judiciales que se mezclaren en los actos electorales, usando de su influencia oficial para las elecciones». EFE

mp

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