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martes , 30 abril , 2024

Prisión preventiva contra dos peruanos miembros de una red de trata y explotación sexual

Santo Domingo, (EFE).- El Segundo Juzgado de la Instrucción de Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de La Altagracia dictó tres meses de prisión preventiva contra dos ciudadanos peruanos como supuestos miembros de una red de trata de personas con fines de explotación sexual.

El tribunal dictó la medida de coerción contra Aaron Francisco Corzo Cabrera y Gean Markos Saavedra Regalado, ambos de nacionalidad peruana, y declaró el proceso de tramitación compleja, informó este martes la Procuraduría General en un comunicado.

Por su vinculación con este caso también se procesó a Maryorie Chani o Margyori Jaritza Chani Echevarría, también de nacionalidad peruana, quien recibió como medida de coerción una garantía económica de 20,000 pesos, impedimento de salida del país y presentación periódica.

Hasta el momento han sido identificadas al menos cinco víctimas, según el expediente, que relata que los imputados fueron arrestados tras agredir física y verbalmente a la víctima DKNCC, también de nacionalidad peruana, en un hecho ocurrido el pasado 26 de septiembre en un residencial del complejo turístico Hard Rock, Bávaro, provincia La Altagracia.

El Ministerio Público pudo determinar que los hechos cometidos por los imputados no solo implican la comisión maltrato o agresión a la víctima, ya que, según su denuncia y declaraciones, los hechos se constituyen en un hecho subsumible en el delito de trata de personas.

Asimismo, la investigación determinó que los imputados se constituyeron en un grupo delictivo liderado por Corzo Cabrera, que desde principios de septiembre de 2023 se ha dedicado a la captación, traslado, transporte y acogida de víctimas de nacionalidades peruana y colombiana para explotarlas sexualmente.

En el proceso se ha establecido que la imputada Chani Echevarría fue la persona que facilitó la captación de la víctima DKNCC, a la que convenció, bajo engaño y aprovechando su situación de vulnerabilidad, que en República Dominicana podría continuar con sus estudios y que ganaría mucho dinero.

El dinero que la víctima producía por los encuentros sexuales debía entregarlo a los imputados para saldar una deuda de 3,500 dólares que contrajo por el supuesto pago del pasaje, tal y como hizo con otras víctimas a las que facilitó el traslado a República Dominicana desde sus respectivos países de origen.

En virtud de esa deuda, los imputados retenían todo el dinero que generaban las víctimas por sus servicios sexuales hasta que pagaran el importe completo, establecido por Corzo Cabrera, dejándolas sin ningún tipo de beneficio económico.

Diversos miembros de la red de explotación sexual se encargaban de recoger en el aeropuerto a las mujeres recién llegadas al país y las llevaban al lugar donde la estructura criminal les daba acogida (Residencial Cana Rock).

Las autoridades se incautaron del vehículo en el que realizaban los traslados, así como diversas cantidades dinero en pesos dominicano, dólares y euros, aparatos eléctricos y diferentes documentos.

Los imputados tenían bajo total control y vigilancia a las víctimas, ya que vivían con ellas en apartamentos que ellos tenían alquilados, lo cual les facilitaba la constante supervisión, vigilancia y restricción de movimiento y libertad de las extranjeras.

El caso ha recibido la calificación jurídica de trata de personas con fines de explotación sexual (agravado) para todos los implicados, tipificado y sancionado en la ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, delitos por los que cumplirán la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Anamuya, de Higüey.

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