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martes , 7 mayo , 2024

El Ministerio Público acusa ante la Suprema Corte a diputado del PRM

Santo Domingo,- El Ministerio Público informó este martes que presentó acusación ante la Suprema Corte de Justicia en contra del diputado del oficialista PRM por la provincia Santiago, Gregorio Domínguez Domínguez, a quien imputa por presunta violación de propiedad privada.

El órgano acusador solicitó a la magistrada Vanessa Acosta, jueza de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, que dicte apertura a juicio contra Domínguez Domínguez y que le imponga medida de coerción consistente en presentación periódica.

En un comunicado, el organismo también solicitó a la jueza que fije la audiencia preliminar a los fines de conocer la solicitud de auto de apertura a juicio.

La acusación presentada por el procurador adjunto Rafael Suárez Pérez y el procurador de corte Melquiades Suero señala que Domínguez Domínguez violó la ley 396-19, que regula el otorgamiento de la fuerza pública y 5869, sobre violación de propiedad en perjuicio de Lucila Nelly Capellán Luna.

En torno al hecho, el expediente establece el 27 de mayo de 2020, Basilio Catalino Martínez, alias Jaime, y Emmanuel de Jesús Williams Molina, empleado del imputado el primero y chofer de una retroexcavadora el segundo, se presentaron, por presuntas instrucciones del imputado, a la comunidad Punta Rucia, de Estero Hondo, Puerto Plata, donde la presunta víctima Capellán Luna construía su vivienda.

El Ministerio Público aseguró que una vez en el lugar, Catalino Martínez y Williams Molina procedieron, sin las debidas formalidades de la ley y por orden y con la participación del imputado, al desalojo, destrucción y posterior demolición de la vivienda levantada por Capellán, la cual estaba en etapa de construcción a nivel de techo.

El Ministerio Público le atribuye al legislador, en calidad de autor, la comisión de los tipos penales ejecución de medidas ejecutorias y conservatorias violentando el procedimiento de ley, tomar participación o requerir la ejecución de un embargo o medida conservatoria sin título ejecutorio e introducirse a una propiedad inmobiliaria sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario.EFE

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