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Diputados aprueban ley regula ejecuciones de embargos y desalojos

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Santo Domingo.- La Cámara de Diputados aprobó este jueves las modificaciones formuladas por el Senado al proyecto que regula la asistencia de la fuerza pública para ejecutar las medidas conservatorias y ejecutorias, lo que convierte en ley la pieza legislativa, que deberá ser promulgada o rechazada por el Ejecutivo.

El presidente de la Cámara de Diputados, Radhamés Camacho, al someter el proyecto ante el hemiciclo, manifestó que no se trata del proyecto de ley ideal sino del posible, el cual forma parte de una ruta importante del Poder Legislativo.

“Este es un proyecto de ley que no es el ideal, es el posible y es fuertemente vinculante con nuestras responsabilidades. Difícilmente ninguno de nosotros no haya vivido una experiencia o alquilando un inmueble o siendo propietario de un inmueble”, manifestó Camacho, según destacó la cámara en nota de prensa.

La iniciativa es de la autoría de los diputados Henry Modesto Merán y Demóstenes Martínez.

La pieza legislativa tiene como objetivo asegurar la legalidad y la «razonabilidad» de las actuaciones de los ministeriales actuantes y agentes que lo asistieren en el otorgamiento de la fuerza pública para llevar a cabo las medidas conservatorias y ejecutorias (incautaciones y desalojos).

La ley establece que el Ministerio Público es el órgano responsable del otorgamiento de la fuerza pública, para las ejecuciones de las sentencias o de los títulos ejecutorios, a requerimiento de sus beneficiarios o de los titulares de los derechos.

Se contempla, además, que la fuerza pública que acompañe al ministerial, solo podrá auxiliar a este último, en las circunstancias previstas en las disposiciones de esta ley y para llevar a cabo los actos para los cuales la ley les otorga autorización.

El artículo 11 de la ley contempla que en los casos de embargos conservatorios, el ministerial no podrá disponer el traslado de los bienes del lugar de la medida a otro lugar diferente, salvo que la ordenanza del juez competente expresamente lo haya autorizado, a petición de la parte interesada y previa «constatación» de causas justificadas.

La ley también prevé que el guardián de la cosa embargada o con medidas conservatorias, será una persona con domicilio conocido, sin antecedentes penales ni vinculación con ninguna de las partes hasta el cuarto grado de consanguinidad, inclusive.

Los diputados enviaron a una comisión especial que presidirá el diputado Juan Julio Campos el proyecto de ley que regula la admisión, y establece la gratitud de reinscripción a estudiantes en centros educativos privados, del diputado Amado Díaz.EFE

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