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TSE se declara incompetente para conocer solicitud de Astacio anular comicios

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TSE se declara incompetente para conocer solicitud de Astacio anular comicios

Santo Domingo, (EFE).- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró hoy su incompetencia para conocer la solicitud del excandidato a alcalde de Santo Domingo Este por el Partido Quisqueyano Social Demomocráta (PQDC), Dio Astacio, para que se anulen los comicios en ese municipio por supuestas ireegularidades.

La acción de Astacio fue incoada el pasado 31 de mayo.

El TSE declina este expediente a la Junta Electoral del municipio Santo Domingo Este, para que decida de conformidad con la ley la citada demanda e impugnación.

A la vez, ordenó la notificación de esta decisión a la Junta Central Electoral, a la Junta Electoral de Santo Domingo Este, y a las partes envueltas en el presente proceso.

El TSE también declaró su incompetencia para las impugnaciones presentadas por Rafael Antonio Abel Lora, candidato diputado a por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por supuestas irregularidades en los municipios de San Fernando de Montecristi, Pepillo Salcedo, las Matas de Santa Cruz, Castañuelas, Villa Vásquez y Guayubin, todos de la provincia de Montecristi.

En otro orden, falló como inadmisible el recurso de amparo presentado en contra la Junta Electoral Higüey por el Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) y Rafael Barón Duluc Rijo, alegando que no ha constatado violación a derechos fundamentales en perjuicio de la parte demandante.

También declaró inadmisible, por ser notoriamente improcedente, la acción de amparo incoada por Nelson Acevedo Álvarez contra la Junta Electoral Yamasá, debido a que su solicitud corresponde ser formulada mediante el procedimiento electoral ordinario y en tal virtud no se encuentra dentro del ámbito del amparo electoral.

Como inadmisible también consideró el recurso de amparo presentado por Melania Salvador de Jiménez y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), porque su solicitud también debe ser formulado mediante el procedimiento electoral ordinario y porque no se encuentra dentro del ámbito del amparo electoral.EFE

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