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Fundación pide proteger periodistas tras sentencia TC

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Santo Domingo.- La publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre libertad de expresión representa el primer paso para un debate que permita aprobar una legislación que salvaguarde el derecho de los periodistas y los ciudadanos a la hora de denunciar la corrupción.

Así lo aseguró hoy la Fundación Prensa y Derecho por boca del abogado Namphi Rodríguez, quien opinó sobre la sentencia del Tribunal Constitucional publicada este lunes ayer, en la que los jueces desarrollan sus argumentaciones sobre la supresión parcial de la privación de libertad por difamación e injuria y la responsabilidad penal de los directores de medios de comunicación.

En relación a la derogación de la responsabilidad de los directores de medios, la línea de doctrina que los jueces del TC siguieron fue la de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al considerar que los responsables por las afirmaciones de un tercero no pueden ser ni los directores, ni los periodistas; sino quienes han emitido los juicios presuntamente difamatorios.

Dijo que lo que hace el TC en su sentencia es determinar que si el periodista y el director no son autores de una afirmación no pueden ser responsables por ella, lo cual beneficia la libertad de prensa y establece la responsabilidad en quien ha emitido el juicio o la afirmación.

«Ahora lo que debemos hacer es blindar a los periodistas mediante una ley de libertad de expresión y medios de comunicación que recoja estos criterios sobre la responsabilidad penal, para que nunca más se hable de que los periodistas tengan que responder por los hechos de otros», agregó.

En su sentencia, los jueces rechazaron suprimir los artículos del 368 al 372 del Código Penal argumentando que las sanciones a los delitos de prensa están contenidos en la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento, y agregan que el interés legítimo de los accionantes estaba referido a esta clase de infracciones y no a las que se puedan cometer fuera de los medios de comunicación.

Rodríguez dijo que al rehusar derogar los referidos artículos del Código Penal, los magistrados del TC no comprendieron el alcance de la acción de inconstitucionalidad incoada por la Fundación Prensa y Derecho y los directores de diarios, que buscaba no sólo derogar la prisión por difamación e injuria a través de la prensa, sino también aquella que se da por delitos de palabra fuera de los medios de comunicación.

«Claro que la Fundación Prensa y Derecho y los directores de medios representan el palpitar y el rechazo ciudadano respecto de penas hasta de un año de prisión que contempla el Código Penal por delitos que deben ser contravencionales; es decir, su sanción debe ser leve porque afecta la libertad de personal de los ciudadanos», dijo.

Respecto a la derogación parcial de los delitos contra el honor, Rodríguez dijo que lo deseable hubiese sido que el TC suprimiera de manera general la vía de persecución penal en la materia de la opinión pública y delitos de prensa.

«Sin embargo, el hecho de que se haya suprimido la pena de privación de libertad cuando el delito afecta funcionarios públicos es importante, aunque se mantenga la referida pena cuando el presunto perjudicado es el Presidente de la República, los dignatarios extranjeros o los particulares», opinó.

A su vez, indicó que ahora le corresponde al Congreso completar la reforma y determinar si el país debe mantener este tipo de penas, que de acuerdo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos producen un efecto inhibitorio de la opinión pública.

El jurista y defensor de derechos humanos advirtió que en su sentencia, el TC suprimió el artículo 37 de la Ley 6132 que consagraba la excepción de la verdad mediante la prueba de certidumbre del hecho presuntamente difamatorio contra funcionario público.

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