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Flavio Espinal: ley 169-14 y su reglamento no violan la Constitución

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Santo Domingo,  (EFE).- El exembajador en Washington y experto en derecho constitucional Flavio Darío Espinal afirmó que no viola la Constitución de la República ni las leyes, el decreto 250-14 que reglamenta la aplicación de la ley 169-14 sobre régimen especial para los nacidos en República Dominicana inscritos irregularmente y de naturalización.

«Mi convicción personal es que el reglamento de aplicación de la ley 169-14 se ajusta de manera estricta a esa ley, que no dispone nada que no esté previsto por la ley, o que la ley haya dicho que el reglamento regule», enfatizó.

El jurista, quien forma parte de la comisión redactora de la Ley y el Reglamento de aplicación, sostuvo que la norma fue aprobada de manera unánime por las cámaras legislativas, con apoyo de la opinión pública, las principales fuerzas políticas del país, las iglesias, así como otros sectores.

Espinal explicó que la normativa contempla dos categorías de personas, como son las nacidas en el país y que están inscritas en el Registro Civil, porque el Estado lo hizo sin que mediara un fraude por parte de la persona que lo hizo.

«A esa persona, la Ley 169-14 le validó legislativamente su documentación para que siguieran acreditados como dominicanos, ese es un grupo determinado y determinable por parte de la Junta Central Electoral, a partir de una auditoría de los libros del Registro Civil», apuntó el jurista en una nota enviada por el periodista Federico Méndez.

Detalló que una segunda categoría son aquellos que habiendo nacido en el país no fueron inscritos en el Registro Civil.

«A esas personas ya no se les va a validar nada porque no fueron inscritos, no tienen acta de nacimiento y tampoco se le va a reconocer la nacionalidad dominicana», subrayó.

El también politólogo indicó que lo que se le está dando es un camino a la Ley para que puedan inscribirse en el libro de extranjería.

«Lo que hace el reglamento es reglamentar esta segunda parte, que corresponde a este segundo grupo de personas, de acuerdo con los lineamientos que establece la Ley», agregó.

El exdiplomático cita que entre esos lineamientos básicos del reglamento están el que el Ministerio de Interior y Policía le corresponde hacer el proceso de acopio de las pruebas que presenten esas personas, de que nacieron en el país.

Asimismo, dijo que otra tarea es depurar esas personas, llamar testigos y si entiende que lo que se ha presentado es fehaciente, lo remite a la Junta Central Electoral para los fines de registro.EFE

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