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jueves , 18 abril , 2024

Solicitan a Suprema Corte condenar a 5 años de prisión a diputado Domínguez

Santo Domingo,- El Ministerio Público solicitó este jueves que se condene a cinco años de prisión al diputado oficialista Gregorio Domínguez Domínguez acusado de cometer, supuestamente, el delito de violación de la propiedad privada.

El órgano acusador presentó su conclusión a la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, que conoce el juicio por la condición de legislador del acusado, y que este cumpla la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres, en Santiago, provincia de la que es diputado.

Los representantes del Ministerio Público, procuradores adjuntos Isis de la Cruz y Pedro Amador, y el procurador de corte, Melquiades Suero, pidieron al tribunal que admitiera como hechos probados los cargos enunciados en la acusación por haberse «demostrado la misma más allá de toda duda razonable».

Por los hechos cometidos por Domínguez en perjuicio de Lucila Nelly Capellán Luna, el Ministerio Público también solicitó que el diputado se condena al pago de una multa equivalente a 20 salarios mínimos del sector público y de las costas penales del proceso.

Solicita que sea declarado culpable de violar los artículos 24 y 25 de la Ley 396-19, que regula el otorgamiento de la Fuerza Pública, y el artículo 1 de la Ley 5869, sobre Violación de Propiedad, así como los artículos 1 y 2 de la Ley 5797, sobre Destrucción a la Propiedad Ajena.

El expediente señala que alrededor de las 10.00 de la mañana del 27 de mayo de 2020, los señores Basilio Catalino Martínez (Jaime) y Emmanuel de Jesús Williams Molina, empleado del imputado el primero y chofer de una retroexcavadora el segundo, se presentaron, por instrucciones del imputado Gregorio Domínguez Domínguez, a la comunidad Punta Rucia, de Estero Hondo, Puerto Plata, donde la víctima Capellán Luna construía su vivienda.

Explica la acusación que una vez en el lugar, Catalino Martínez y Williams Molina procedieron, sin las debidas formalidades de la ley y por orden y con la participación del imputado, al desalojo, destrucción y posterior demolición de la vivienda levantada por la víctima, la cual estaba en etapa de construcción a nivel de techo.

El Ministerio Público le atribuye al legislador, en calidad de autor, la comisión de los tipos penales ejecución de medidas ejecutorias y conservatorias «inobservando» el procedimiento de ley, tomar participación o requerir la ejecución de un embargo o medida conservatoria sin título ejecutorio e introducirse a una propiedad inmobiliaria sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario.EFE

rsl

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