La decisión se produjo tras el conocimiento de un recurso de casación interpuesto en contra de una entidad bancaria, demandada en devolución de valores y reparación de daños y perjuicios, de acuerdo con una nota del Supremo.
La SCJ estableció «que esa acción ilegítima constituye violación de derechos y podría derivar en demanda por responsabilidad civil».
A la vez, apuntó la nota, «constituye una falta atribuible la realización del débito de la cuenta de ahorros sin la participación del cuentahabiente».EFE